Vivir libre de violencia es un derecho humano fundamental para el ejercicio de la ciudadanía y el mismo debe ser garantizado de manera obligatoria por el Estado, derecho establecido constitucionalmente dado que nadie puede ser sometido a ningún tipo de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Nicaragua está definida constitucionalmente como un Estado Social de Derecho, en consecuencia es obligación estatal el garantizar los derechos de todas las personas que habitan el territorio nacional. Los datos que se logran conocer sobre la violencia hacia las mujeres, sea por abuso sexual, violencia física, emocional y femicidio, obligan a que la legislación y las política públicas establezcan mecanismos que permita a las autoridades garantizar la integridad de las mujeres.
Son los hechos y acciones afirmativas desde el Movimiento de Mujeres de Nicaragua los que han conducido a la aprobación de leyes a favor de la vida, la integridad, la igualdad y la libertad de las mujeres. Fueron las mujeres participantes en los Cabildos Constitucionales a mediados de los años 80, quienes lograron que la Constitución Política acogiera importantes demandas, contenidas en los artículos 36 y 48, que establecen que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral y que el Estado está en la obligación de eliminar los obstáculos que impidan de hecho la igualdad entre los nicaragüenses.
En el ámbito internacional, el Estado de Nicaragua, ha aprobado la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belén Do Pará), las mismas mandatan a aprobar leyes y políticas para eliminar los factores que propician la discriminación y para lograr que las mujeres tengan una vida libre de violencia.
Recientemente en el marco de la 57ª sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) de la ONU, 130 países, incluida Nicaragua, suscribieron una declaración donde condenan con firmeza la violencia contra las mujeres y niñas en el mundo. En ella, se comprometen a tomar medidas concretas para acabar con lo que consideraron una lacra social. Dicho compromiso fue reiterado en la voz del secretario General Ban Ki Moon quien expreso “La violencia contra las mujeres es una horrenda violación de los derechos humanos, una amenaza global, una amenaza para la salud pública y un escándalo moral».
Son esas normas constitucionales y esos instrumentos internacionales de derechos humanos, la base jurídica de la actual Ley integral contra violencia hacia las mujeres (Ley 779) aprobada en febrero de 2012, después de varias décadas de lucha del movimiento de mujeres nicaragüenses para enfrentar un flagelo social que viven y sufren miles de mujeres tanto en su vida privada como pública.
Hoy nos pronunciamos y hacemos el llamado a toda la sociedad nicaragüense y en especial a las mujeres a defender la legalidad y constitucionalidad de la Ley 779, reafirmamos que la misma está fundamentada en los principios de Igualdad Real, Libertad Individual y Seguridad Jurídica contenidos en la Constitución Política de la República y por ende le corresponde al Estado rechazar de plano cualquier intento de deslegitimación de la ley.
Ver en adjunto documentos completo.