AMNISTÍA INTERNACIONAL
COMUNICADO DE PRENSA
PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 4 de febrero de 2010
Se pide a la ONU que condene la prohibición del aborto en Nicaragua
La ONU debe pedir a Nicaragua que revoque su prohibición del aborto tras el examen de la situación de los derechos humanos en el país el 8 de febrero, ha declarado hoy Amnistía Internacional.
Durante el examen periódico universal de la ONU a que será sometido Nicaragua, los Estados Miembros tendrán la oportunidad de formular preguntas sobre la prohibición absoluta del aborto en ese país.
El Código Penal revisado de Nicaragua, que entró en vigor en julio de 2008, prevé penas de prisión para las mujeres y niñas que intenten abortar, así como para los profesionales de la salud que faciliten servicios de salud relacionados con el aborto. La prohibición incluye casos en los que corre peligro la vida de la mujer y cuando el embarazo es consecuencia de una violación o de un incesto.
“La prohibición del aborto en Nicaragua es resultado de una ley escandalosa y draconiana que obliga a las víctimas de una violación y de un incesto a llevar a término su embarazo, y está causando un aumento de las muertes maternas —ha declarado Widney Brown, directora general de Derecho Internacional y Política de Amnistía Internacional—. Los Estados Miembros de la ONU deben aprovechar esta oportunidad para hacer que Nicaragua rinda cuentas de una ley que viola los derechos de las mujeres a la vida, a la salud y a la dignidad.”
La organización también ha reiterado su petición a las autoridades nicaragüenses de que despenalicen el aborto en todas las circunstancias. Amnistía Internacional ha afirmado que Nicaragua debería garantizar que las mujeres y niñas tienen acceso a un aborto sin riesgos y legal cuando el embarazo no deseado es consecuencia de una violación o de un incesto, o cuando corra peligro la salud o la vida de la mujer.
El Código Penal revisado prevé sanciones penales para los profesionales de la medicina y la enfermería que traten a una mujer embarazada por afecciones como el cáncer o emergencias cardiacas cuando el tratamiento pueda causar lesiones o la muerte del embrión o el feto.
El Código Penal nicaragüense entra en conflicto con las Normas y Protocolos para la atención de complicaciones obstétricas, publicados por el Ministerio de Salud, que prevé el aborto terapéutico como respuesta clínica para casos concretos.
Los investigadores de Amnistía Internacional han concluido que, en Nicaragua, la prohibición absoluta del aborto afecta en concreto a jóvenes de corta edad que son víctimas de violación o incesto.
Según un estudio de informaciones publicadas en los medios de comunicación entre 2005 y 2007, 1.247 niñas fueron violadas o víctimas de incesto en Nicaragua. Según los informes, 198 de estos delitos acabaron en embarazo. La inmensa mayoría de las niñas que quedaron embarazadas como consecuencia de una violación o un incesto (172 de las 198) tenían entre 10 y 14 años.
La organización también halló un aumento de las muertes maternas desde que entró en vigor la prohibición.
En las primeras 19 semanas de 2009, alrededor del 16% de las muertes maternas se debieron a un aborto realizado en condiciones peligrosas, frente a ninguna durante el mismo periodo de 2008.
A pesar de que cuatro comités de expertos establecidos en virtud de tratados —el Comité contra la Tortura, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Comité de Derechos Humanos y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer— ya han condenado esta ley y han pedido su revisión, el gobierno de Nicaragua sigue ignorando estos llamamientos.
“La ley nicaragüense que penaliza el aborto va en contra de los consejos de cuatro órganos de vigilancia de tratados de la ONU y hace que Nicaragua incumpla las obligaciones que ha contraído en virtud de las leyes internacionales de derechos humanos —afirma Widney Brown—. Nicaragua debe revocar esta ley inmediatamente y promulgar leyes y políticas que promuevan los derechos de las mujeres y niñas garantizando sus derechos a la salud, la vida y a no ser víctimas de violencia, coacción y discriminación.”
La prohibición del aborto en Nicaragua suscita honda preocupación en la comunidad internacional en general. Decenas de miles de activistas de Amnistía Internacional, horrorizados por el impacto de esta prohibición en los derechos humanos de las mujeres y las niñas, han firmado peticiones y se han puesto en contacto con las autoridades nicaragüenses para pedir la revocación de la ley.
El examen periódico universal ofrece la oportunidad de que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU estudie la situación de los derechos humanos en todos los Estados Miembros de la organización. Cada país es objeto de examen cada cuatro años con el fin de garantizar que los Estados cumplen la totalidad de sus obligaciones en materia de derechos humanos.
Información complementaria
En Nicaragua, antes de que se modificara la ley que prohíbe totalmente el aborto, el aborto terapéutico estuvo reconocido como una intervención médica legal, legítima y necesaria durante más de 100 años. La ley se interpretaba en la práctica en el sentido de que permitía el aborto cuando la vida o la salud de la mujer o la niña corrían peligro si continuaba el embarazo y, en casos concretos, cuando el embarazo era consecuencia de una violación.
El relator sobre derechos de la mujer, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Victor Abramovich, escribió una carta al gobierno nicaragüense antes de la entrada en vigor de la prohibición total del aborto para advertir de que, si se introducía una prohibición tan extrema, el Estado nicaragüense incumpliría sus obligaciones contraídas en virtud de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Pueden consultar la información presentada por Amnistía Internacional para el examen periódico universal de Nicaragua en: www.amnesty.org
Si desean más información o concertar una entrevista, pónganse en contacto con:
Josefina Salomón, móvil: +44 7778 472 116, jsalomon@amnesty.org